Penas cortas, comisarías y el rol del poder judicial en la Ciudad de Buenos Aires
Desde el inicio de la pandemia de COVID-19, las alcaldías y comisarías de la Ciudad de Buenos Aires alojan a personas procesadas y condenadas en condiciones incompatibles con los estándares internacionales de derechos humanos.
Si el objetivo de reinserción social previsto en el art. 5.6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el art. 10.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ya presenta serias dificultades frente a las penas privativas de libertad de corta duración, tales tensiones se profundizan cuando estas se ejecutan en establecimientos carentes de infraestructura, actividades de tratamiento y alternativas de intervención.
A ello se suman los efectos de las reformas introducidas por las leyes 27.272 y 27.375, que incrementaron la cantidad de condenas breves y restringieron las posibilidades de cumplimiento no carcelario.
En este contexto, la finalidad resocializadora de la pena se revela como una ficción jurídica.
El trabajo analiza esta problemática y expone estrategias desarrolladas desde la defensa pública que muestran que el poder judicial dispone de herramientas normativas para intervenir cuando conoce las condiciones reales de ejecución de la pena.
# penas cortas de prisión – lugares de detención provisoria – resocialización – procedimiento de flagrancia – alternativas a la prisión – Poder Judicial
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